{"id":3023,"date":"2021-08-27T16:12:19","date_gmt":"2021-08-27T20:12:19","guid":{"rendered":"https:\/\/wiac740.com\/?p=3023"},"modified":"2021-08-27T16:12:19","modified_gmt":"2021-08-27T20:12:19","slug":"gobernador-convierte-en-ley-medida-para-proteger-a-victimas-y-testigos-de-delito-para-que-no-sean-cuestionados-sobre-estatus-migratorio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/wiac740.com\/index.php\/2021\/08\/27\/gobernador-convierte-en-ley-medida-para-proteger-a-victimas-y-testigos-de-delito-para-que-no-sean-cuestionados-sobre-estatus-migratorio\/","title":{"rendered":"GOBERNADOR CONVIERTE EN LEY MEDIDA PARA PROTEGER A V\u00cdCTIMAS Y TESTIGOS DE DELITO PARA QUE NO SEAN CUESTIONADOS SOBRE ESTATUS MIGRATORIO"},"content":{"rendered":"<p>El gobernador Pedro R. Pierluisi convirti\u00f3 hoy en ley una enmienda a la Carta de Derechos a V\u00edctimas y Testigos de Delito con el fin de que los funcionarios de orden p\u00fablico no puedan indagar sobre la nacionalidad o el estatus migratorio de una persona que ha sido v\u00edctima de alg\u00fan delito o que acude como testigo a realizar una denuncia a las autoridades. Tambi\u00e9n, el gobernador firm\u00f3 hoy otras ocho medidas adicionales, una de ellas para prevenir las muertes por sobredosis de opioides.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El\u00a0<b>Proyecto del Senado 11,\u00a0<\/b>convertido en ley hoy por el gobernador, establece que toda persona que sea v\u00edctima o testigo de delito tendr\u00e1 derecho a no ser cuestionado sobre su nacionalidad o estatus migratorio al momento de informar la comisi\u00f3n de un delito, as\u00ed como durante o posterior a cualquier etapa del proceso criminal. La medida establece que todo funcionario de orden p\u00fablico tiene que garantizar que se provea el servicio o derecho que le corresponda a la v\u00edctima o testigo. Cada una de las agencias sujetas al cumplimiento de esta ley deber\u00e1 realizar talleres de capacitaci\u00f3n a todo su personal y tener material educativo en medios electr\u00f3nicos y en las instalaciones f\u00edsicas de cada agencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cSon incuestionables las aportaciones de los miembros de comunidades sin estatus migratorio definido que viven en nuestra Isla. Es responsabilidad de este gobierno proteger sus derechos y procurar que no se sientan intimidados o cohibidos a la hora denunciar que han sido v\u00edctimas de alg\u00fan delito o que puedan ser testigos de una violaci\u00f3n a la ley, ayudando as\u00ed a las autoridades a esclarecer un acto delictivo. Con esta medida que firm\u00e9 hoy, garantizamos que no se cuestione por estatus migratorio o nacionalidad a una posible v\u00edctima o testigo. Voy a continuar dando paso a medidas que representan nuestra pol\u00edtica p\u00fablica y que fortalezcan la cultura de respeto y el derecho de todos\u201d, sostuvo el gobernador.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De igual manera, el primer ejecutivo le dio paso a los\u00a0<b>Proyectos del Senado 71 y 74,\u00a0<\/b>el primero para<b>\u00a0<\/b>crear la \u201cLey para la Prevenci\u00f3n de Muertes por Sobredosis de Opioides de Puerto Rico\u201d. Con esto se persigue establecer ciertas protecciones para personas sufriendo una sobredosis que pidan asistencia m\u00e9dica de emergencia, as\u00ed como crear un programa para la prevenci\u00f3n de sobredosis de opioides, entre otros fines. Mientras que el Proyecto del Senado 74 propone crear el Observatorio de Drogas de Puerto Rico adscrito a la Administraci\u00f3n de Salud Mental y Servicios Contra la Adicci\u00f3n (ASSMCA) para recopilar la informaci\u00f3n generada por el componente gubernamental relativa a la situaci\u00f3n de las drogas legales e ilegales en la Isla y crear el Comit\u00e9 Cient\u00edfico Asesor.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De otro lado, el gobernador Pierluisi estamp\u00f3 su firma en el\u00a0<b>Proyecto del Senado 19<\/b>\u00a0para establecer un procedimiento que considere la indigencia de la persona convicta al determinar la imposici\u00f3n de la pena especial. Con esta ley, una persona sin recursos econ\u00f3micos para pagar la pena especial establecida por sus delitos no estar\u00eda impedida de obtener los beneficios de libertad bajo palabra y libertad a prueba. Tampoco ser\u00e1 privado de participar en los programas de desv\u00edo establecidos por el Departamento de Correcci\u00f3n y Rehabilitaci\u00f3n. Con esta ley se busca igualar las posibilidades de rehabilitaci\u00f3n de todos los convictos, independientemente de su situaci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En cuanto a delitos por violencia de g\u00e9nero, el primer ejecutivo firm\u00f3 el\u00a0<b>Proyecto del Senado 130\u00a0<\/b>para definir el feminicidio y el transfeminicidio como conductas que constituyen el delito de asesinato en primer grado. Esto es consistente con la pol\u00edtica p\u00fablica de esta administraci\u00f3n que cre\u00f3 el\u00a0Comit\u00e9 de Prevenci\u00f3n, Apoyo, Rescate y Educaci\u00f3n de la Violencia de G\u00e9nero (Comit\u00e9 PARE). Asimismo, Pierluisi le dio paso al\u00a0<b>Proyecto del Senado 135\u00a0<\/b>para que en casos<b>\u00a0<\/b>en los que se adjudique responsabilidad solidaria y vicaria del Gobierno de Puerto Rico, incluyendo las tres ramas de gobierno, corporaciones p\u00fablicas y municipios, estos puedan exigir la restituci\u00f3n o reembolso de todos los fondos p\u00fablicos pagados a las v\u00edctimas por los actos de hostigamiento sexual cometidos por un agresor.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por otro lado, el gobernador tambi\u00e9n firm\u00f3 los Proyectos del Senado 301 y 475. El\u00a0<b>Proyecto del Senado 301\u00a0<\/b>es para que los municipios tengan prioridad sobre cualquier persona o entidad privada al momento de que se considere contratar un agente administrador en alg\u00fan proyecto de vivienda p\u00fablica. Mientras que el\u00a0<b>Proyecto del Senado 475\u00a0<\/b>otorga una extensi\u00f3n hasta el 30 de junio de 2022 para que los municipios afectados por los terremotos puedan realizar donaciones o cesi\u00f3n en usufructo o titularidad a sus constituyentes de las propiedades inmuebles recibidas por parte de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el primer ejecutivo convirti\u00f3 en ley la\u00a0<b>Resoluci\u00f3n Conjunta del Senado 60\u00a0<\/b>para denominar el Nuevo Centro de Gobierno Municipal de Caguas como \u201cWilliam Miranda Mar\u00edn\u201d.<\/p>\n<p><u>\u00a0<\/u><\/p>\n<p align=\"center\"><b><u>Medidas vetadas por el gobernador Pedro R. Pierluisi\u00a0<\/u><\/b><\/p>\n<p><u>\u00a0<\/u><\/p>\n<p>El gobernador imparti\u00f3 un veto expreso a siete medidas recibidas en su despacho. Para una de estas, el\u00a0<b>Proyecto del Senado 7<\/b>, el primer ejecutivo explic\u00f3 en su veto que\u00a0la enmienda que se propone al Art\u00edculo 45 contiene un lenguaje indicativo de un derecho de intervenci\u00f3n y que permite una intervenci\u00f3n del padre o madre no custodio, sin que el tribunal tenga discreci\u00f3n para determinar si ello procede, entre otras inquietudes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso del\u00a0<b>Proyecto del Senado 27<\/b>\u00a0se indic\u00f3 que\u00a0se opt\u00f3 por un balance entre la Regla Daubert y la confiabilidad que se busca impartir, al testimonio del perito y el acceso a la justicia de los ciudadanos.\u00a0 La Regla 702 vigente contiene el elemento de confianza y atiende con suficiente fuerza la admisibilidad del testimonio pericial, sin detrimento de los acusados de delito que no cuenten con recursos econ\u00f3micos para su defensa.\u00a0 Adem\u00e1s, la enmienda propuesta terminar\u00eda con el consenso existente desde la aprobaci\u00f3n de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico de 2009.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Mientras que para el\u00a0<b>Proyecto del Senado 188<\/b>\u00a0la raz\u00f3n del veto es porque\u00a0el seguro de incapacidad de los empleados del Sistema de Retiro se otorga bajo una p\u00f3liza de seguro colectivo o de grupo, emitida por el asegurador a la Administraci\u00f3n de los Sistemas de Retiro, y que provee cobertura para todos los empleados dentro del grupo. En este tipo de p\u00f3liza, la composici\u00f3n del grupo incide directamente en el costo de la prima, y a menos miembros en el grupo, mayor es el costo de la prima.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El\u00a0<b>Proyecto del Senado 233<\/b>\u00a0tambi\u00e9n fue vetado por el gobernador Pierluisi pues explic\u00f3 que\u00a0el Programa R3 del Departamento de la Vivienda ya es abarcador, permitiendo que el 100% de sus beneficiarios sean personas de bajos y moderados ingresos. Tener dos programas paralelos con requisitos y criterios distintos pudieran estar en contravenci\u00f3n a los par\u00e1metros establecidos por el gobierno federal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso de la\u00a0<b>Resoluci\u00f3n Conjunta del Senado 54<\/b>, recibi\u00f3 un veto expreso debido a que\u00a0aunque cualquier incentivo resulta peque\u00f1o en contrapeso con la gran aportaci\u00f3n que realizan a la sociedad los profesionales de la salud,\u00a0la medida no puede ser firmada.\u00a0 Conforme a como est\u00e1 redactada,\u00a0las responsabilidades que se le asignan al Departamento de Hacienda en cuanto a la identificaci\u00f3n de fondos, el uso de cualquier fondo especial para cumplir con sus prop\u00f3sitos y la reprogramaci\u00f3n presupuestaria no son funciones dentro de la competencia de dicha agencia. Adem\u00e1s,\u00a0cualquier reprogramaci\u00f3n y modificaci\u00f3n al presupuesto tiene que ser aprobada previamente por la Junta de Supervisi\u00f3n y Administraci\u00f3n Financiera (JSAF). Es importante se\u00f1alar que AAFAF ya est\u00e1 evaluando si alg\u00fan grupo o trabajador con derecho al incentivo no lo ha recibido, se pueda incluir en los nuevos incentivos que el gobernador est\u00e1 concediendo con fondos federales para la pandemia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Asimismo, la\u00a0<b>Resoluci\u00f3n Conjunta del Senado 68<\/b>\u00a0recibi\u00f3 un veto del gobernador pues\u00a0la pieza legislativa derrotar\u00eda el esp\u00edritu de las enmiendas incorporadas al C\u00f3digo de Rentas Internas de Puerto Rico mediante la Ley 257-2018, debido a que derogar\u00eda t\u00e1citamente la disposici\u00f3n de la Contribuci\u00f3n Alternativa M\u00ednima que incluyera dichas enmiendas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Finalmente, el gobernador emiti\u00f3 un veto al\u00a0<b>sustitutivo del Proyecto de la C\u00e1mara 429 y el 488\u00a0<\/b>pues\u00a0a pesar de su loable intenci\u00f3n, este proyecto altera de forma irrazonable los derechos de los acreedores hipotecarios a hacer efectivos sus cr\u00e9ditos y pudiera ser interpretada como una medida confiscatoria por menoscabar obligaciones contractuales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobernador Pedro R. 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