{"id":4649,"date":"2022-05-11T16:29:49","date_gmt":"2022-05-11T20:29:49","guid":{"rendered":"https:\/\/wiac740.com\/?p=4649"},"modified":"2022-05-11T16:29:49","modified_gmt":"2022-05-11T20:29:49","slug":"camara-evalua-medidas-para-enmendar-el-codigo-municipal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/wiac740.com\/index.php\/2022\/05\/11\/camara-evalua-medidas-para-enmendar-el-codigo-municipal\/","title":{"rendered":"C\u00c1MARA EVAL\u00daA MEDIDAS PARA ENMENDAR EL C\u00d3DIGO MUNICIPAL"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-weight: 400;\">EL CAPITOLIO \u2013 La Comisi\u00f3n de Autonom\u00eda Municipal, presidida por el representante Juan Jos\u00e9 Santiago Nieves, atendi\u00f3 hoy en vista p\u00fablica dos medidas que buscan enmendar el C\u00f3digo Municipal de Puerto Rico para beneficiar a personas sin hogar y atender el problema de propiedades abandonadas.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En primer lugar, el Proyecto de la C\u00e1mara 1201, presentado por el representante Luis \u201cJunior\u201d P\u00e9rez Ortiz, propone que las propiedades inmuebles que el Departamento de la Vivienda (DV) haya adquirido y sean reasignadas a personas y familias sin hogar est\u00e9n exentas de pagar las contribuciones que adeude al Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM).<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Parte de la problem\u00e1tica que ha enfrentado esta iniciativa, seg\u00fan la exposici\u00f3n de motivos, es que una vez el nuevo titular acude al CRIM para cumplir con los fines administrativos, le informan que la propiedad se encuentra gravada por una deuda anterior. En ocasiones, y dependiendo de la regi\u00f3n del CRIM, se le libera la propiedad de dicho gravamen, pero \u201cno existe un procedimiento uniforme y un mandato claro para tales fines\u201d.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El CRIM expres\u00f3 su apoyo a la medida, y recomend\u00f3 que Vivienda pueda estar exento previo a la otorgaci\u00f3n de la propiedad a los ciudadanos participantes o beneficiarios, en aras de que libere toda deuda o gravamen que tenga dicha propiedad con el CRIM previo al traspaso al beneficiario.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">De esta forma, una vez los beneficiarios tengan la titularidad del inmueble le podr\u00e1n aplicar las exoneraciones contributivas del CRIM dispuestas en el C\u00f3digo Municipal.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">\u201cEs nuestro inter\u00e9s que toda familia puertorrique\u00f1a tenga un hogar seguro y digno que le provea una mejor calidad de vida, raz\u00f3n por la cual estamos a favor que se le conceda la titularidad del inmueble a los ciudadanos beneficiarios de los programas que administra la Secretar\u00eda de Gerencia y Desarrollo de Proyectos de Vivienda para aquellas personas y familias sin hogar\u201d, indic\u00f3 en un memorial explicativo el director ejecutivo del CRIM, Reinaldo Paniagua.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El DV igualmente endos\u00f3 el proyecto, al tiempo que sugiri\u00f3 que se incluya todos los programas de vivienda de la agencia con el fin de extender la condonaci\u00f3n de deuda a los casos en que las personas solicitan reubicaci\u00f3n u otras situaciones similares.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Adem\u00e1s, recomend\u00f3 que se realicen varias enmiendas para aclarar que el CRIM tiene que certificar, antes de la transferencia del t\u00edtulo al ciudadano, que dicha propiedad se encuentra libre de gravamen, ya que el titular es el Gobierno de Puerto Rico.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">\u201cLas disposiciones del P.C. 1201 son c\u00f3nsonas con la pol\u00edtica p\u00fablica promulgada por nuestro Departamento y beneficiar\u00e1n a las miles de familias que luchan por hacerse de un techo propio. La medida servir\u00e1 para dejar di\u00e1fanamente claro que los compradores de estas viviendas tienen el derecho a recibir la condonaci\u00f3n de la deuda por concepto de contribuci\u00f3n sobre la propiedad\u201d, destac\u00f3 en una ponencia el secretario William Rodr\u00edguez.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El representante Santiago Nieves realiz\u00f3 unos requerimientos de informaci\u00f3n, tanto al CRIM como a Vivienda, que deber\u00e1n ser entregados en una vista ejecutiva que ser\u00e1 convocada en los pr\u00f3ximos d\u00edas.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El legislador solicit\u00f3 que ambas agencias entreguen un informe sobre el impacto de la medida en los municipios, mientras que, espec\u00edficamente a Vivienda, pidi\u00f3 el inventario de propiedades que alberga la agencia para los fines del proyecto.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">\u201cEs importante que se desarrolle este proyecto y que se apruebe, toda vez que lo que queremos es beneficiar a nuestros constituyentes y puedan adquirir esas propiedades sin ning\u00fan problema, y m\u00e1s a\u00fan personas que no tienen hogar. Yo creo que debe ser pol\u00edtica p\u00fablica de todos y todas tener eso como misi\u00f3n\u201d, manifest\u00f3.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Por otro lado, la comisi\u00f3n evalu\u00f3 el Proyecto de la C\u00e1mara 1053<\/span> <span style=\"font-weight: 400;\">que <\/span><span style=\"font-weight: 400;\">busca facilitar el que los municipios puedan atender eficiente y proactivamente el problema de propiedades abandonadas dentro de sus l\u00edmites geogr\u00e1ficos.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">La medida de la autor\u00eda del legislador <\/span><span style=\"font-weight: 400;\">Roberto Rivera Ruiz de Porras, adem\u00e1s de realizar enmiendas y fortalecer el C\u00f3digo Municipal de Puerto Rico, busca optimizar y hacer m\u00e1s eficiente los procesos de adquisiciones de estorbos p\u00fablicos en los ayuntamientos para lograr su desarrollo para servicios y accesibilidad de vivienda a la ciudadan\u00eda.\u00a0<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En la audiencia p\u00fablica, la Asociaci\u00f3n de Alcaldes representado por su directora ejecutiva, Ver<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">\u00f3<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">nica Rodr<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">\u00ed<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">guez Irizarry, subray\u00f3 que seg\u00fan la exposici\u00f3n de motivos del Proyecto, se\u00f1ala que la Ley 107-2020 conocida como el \u2018\u2019C\u00f3digo Municipal de Puerto Rico\u2019\u2019, incluy\u00f3 un proceso para que los municipios atendieran el problema de los estorbos p\u00fablicos.\u00a0<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Sin embargo, Rodr<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">\u00ed<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">guez Irizarry indic\u00f3 que \u2018\u2019este procedimiento no ha sido efectivo, considerando que es una copia casi taxativa de la derogada Ley 31-2012. Es necesario establecer mecanismos que provean herramientas adecuadas, c\u00f3nsonas con las realidades que enfrentan hoy d\u00eda los municipios\u2019\u2019.\u00a0<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">La funcionaria destac\u00f3 que el proceso de expropiaci\u00f3n establecido por la ley 107-2020, no cumple su prop\u00f3sito ya que es una r\u00e9plica de mecanismos. \u2018\u2019R\u00e9plicas del pasado que han resultado ineficientes. Adem\u00e1s, hace oneroso que los municipios puedan atender este gran problema. Con las enmiendas que se proponen en el Proyecto se busca que las disposiciones finalmente adoptadas logren el prop\u00f3sito principal\u2019\u2019.\u00a0<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Asimismo, Rodr<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">\u00ed<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">guez Irizarry estableci\u00f3 que otro de los problemas que enfrentan los municipios es que, al radicar una demanda de expropiaci\u00f3n, est\u00e1n obligados a consignar en el Tribunal la cuant\u00eda de dinero conforme a la tasaci\u00f3n de la propiedad. \u2018\u2019No cabe la menor duda que esto representa un gran problema, puesto que en su mayor\u00eda los municipios tienen problemas financieros, provocados por los recortes que en los \u00faltimos a\u00f1os han sufrido\u2019\u2019.\u00a0<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Seg\u00fan la Directora Ejecutiva, las enmiendas presentadas en el PC 1053, los municipios no estar\u00edan obligados a depositar en el Tribunal dinero alguno al radicar la demanda.\u00a0<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Finalmente, la Asociaci\u00f3n de Alcaldes aval\u00f3 el estatuto explicando que \u2018\u2019atiende uno de los mayores problemas que tienen los municipios. Los estorbos p\u00fablicos generan una serie de situaci\u00f3n; salubridad, pago de contribuciones inmuebles, deterioro de fachadas y visibilidad urbana\u2019\u2019.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Por otra parte, el CRIM en su ponencia reconocieron la situaci\u00f3n que representa el volumen de propiedades que se encuentran en estado de deterioro y abandono por lo que coincidieron en las premisas establecidas de que se debe reevaluar el marco legal de la agencia resaltando las problemas existentes que enfrentan los municipios.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">\u2018\u2019Para poder priorizar la rehabilitaci\u00f3n y el uso como vivienda asequible de estas propiedades hace falta una medida que procure establecer mecanismos r\u00e1pidos y eficientes para la identificaci\u00f3n, declaraci\u00f3n, manejo y reutilizaci\u00f3n de las propiedades declaradas como estorbos p\u00fablicos. De igual forma, coincidimos con el enfoque propuesto a trav\u00e9s de esta legislaci\u00f3n con respecto a la modificaci\u00f3n del marco legal ante la declaraci\u00f3n de un estorbo p\u00fablico\u2019\u2019, dijo el asesor legal Alexis Col\u00f3n Acevedo.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El CRIM endos\u00f3 la medida y adelantaron que tienen un proyecto desarrollado en el cual han implementado un proceso de tasaci\u00f3n virtual que mediante la plataforma de la agencia tienen identificadas todas las propiedades no tasadas para efectos contributivos y en el cual se encuentran en la etapa de validaci\u00f3n de valores de tasaci\u00f3n cient\u00edfica.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">\u2018\u2019Este proyecto es muy meritorio prestarle atenci\u00f3n ya que hemos visto como propiedades, urbanizaciones y barrios se han ido deteriorando con el tiempo por falta de atenci\u00f3n y trabajo. Cada casa abandonada es una que le est\u00e1 restando un valor significativo hacia las otras y la calidad de vida de cada vecino se afecta. Por eso radicamos este proyecto con el fin de buscar soluciones y adelantar las causas que beneficien a cada puertorrique\u00f1o\u2019\u2019, a\u00f1adi\u00f3 <\/span><span style=\"font-weight: 400;\">Rivera Ruiz de Porras<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Mientras, para Santiago Nieves, representante del Distrito 28 de Comer\u00edo, Naranjito, Barranquitas y Corozal a\u00f1adi\u00f3 que \u201ctodos debemos estar de acuerdo en lo urgente de trabajar soluciones a este problema de estorbos p\u00fablicos que tenemos en los municipios. Rescatar estos espacios abandonados y convertirlos en vivienda accesible y proyectos de desarrollo socioecon\u00f3micos, es necesario y urgente. Desde mi punto de vista, este proyecto del compa\u00f1ero Roberto Rivera Ruiz de Porras va en la direcci\u00f3n correcta de buscar alternativas a un problema que por a\u00f1os vienen enfrentando y presentando los alcaldes y alcaldesas de Puerto Rico\u201d.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>EL CAPITOLIO \u2013 La Comisi\u00f3n de Autonom\u00eda Municipal, presidida por el representante Juan Jos\u00e9 Santiago Nieves, atendi\u00f3 hoy en vista p\u00fablica dos medidas que buscan enmendar el C\u00f3digo Municipal de Puerto Rico para beneficiar a personas sin hogar y atender el problema de propiedades abandonadas. 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