SAN JUAN – El Representante José Bernardo Márquez presentó hoy una demanda de Sentencia Declaratoria e Injunction Permanente contra el Presidente de la Cámara de Representantes, Rafael “Tatito” Hernández. En la demanda presentada en el Centro Judicial de San Juan, Márquez le imputa a Hernández violentar el mandato constitucional y reglamentario de garantizar la participación efectiva de la oposición política en los procesos legislativos, particularmente en las comisiones.
“Este servidor está cansado del cinismo continuo de que ‘así han funcionado las cosas siempre en la Legislatura’. Pues no. Aquí hay una norma constitucional y reglamentaria de reconocerle a todas las delegaciones políticas participación efectiva en los procesos legislativos. Pero esta Cámara ha llegado al absurdo de que una Comisión puede darle un Informe Negativo a un Proyecto sin avisarle a sus miembros ni permitirles votar. Acaban de derrotar un Proyecto importante para este servidor y para la gente que represento. Y no es solo que no me convocaron a mí a votar, sino que no convocaron a nadie. Buscaron las firmas de nueve populares y ya. Derrotada la medida sin participación de los demás partidos”, denunció el Portavoz de Victoria Ciudadana.
Desde la primera sesión legislativa en el 2021, Márquez había presentado el Proyecto de la Cámara 691 para facilitar la inscripción electoral de jóvenes mediante lo que se conoce como un “Registro Automático de Electores”. Este mecanismo existe en decenas de jurisdicciones de Estados Unidos y permite que la obtención de una licencia de conducir cumpla un propósito dual para que, a la misma vez, la persona quede inscrito como elector o electora, si la persona así le interesa. El pasado 23 de febrero de 2023, la Comisión de Asuntos Electorales en la Cámara, presidida por el Representante José ‘Conny’ Varela, llevó a cabo un Referéndum para darle un Informe Negativo al proyecto. La Hoja de Referéndum revela que solo participaron nueve populares de la votación y ningún legislador de minoría.
“No hubo convocatoria ni notificación alguna a los miembros de la Comisión de que este Referéndum se estaba llevando a cabo. Así que, una vez me enteré, levanté la cuestión reglamentaria ante el Presidente de la Cámara pero resolvió en mi contra. Peor aún, el Presidente dijo que en la práctica, y por supuesta eficiencia, así se “liquidan” los procesos en la Cámara. Esas fueron sus palabras”, relató Márquez. “Por eso me parece que esta controversia tiene dos ángulos: el político y el legal. El ángulo político es que obviamente le temen al voto joven y quieren entorpecer la participación electoral. No hay otra explicación para derrotar una medida tan lógica como esta. Ahora, el ángulo legal es que simple y llanamente tú no puedes atropellar a la oposición política así. La jurisprudencia y el propio Reglamento de la Cámara lo prohíben. Es un claro abuso de poder”, añadió el legislador en conferencia de prensa desde el Capitolio.
El Representante aseguró que otras delegaciones han enfrentado atropellos similares en otras medidas pero al momento nadie había optado por elevar el asunto al tribunal. La Sección 11.1 del Reglamento de la Cámara dispone que “[t]odos los partidos con representación en la Cámara de Representantes tendrán participación efectiva en todas las comisiones”. Por otro lado, desde el pleito de Silva v. Hernández Agosto en la década de los 80, el Tribunal Supremo de Puerto Rico ha reconocido el derecho de los legisladores a participar de las comisiones y ha prohibido que se excluya a las minorías de etapas cruciales en el trámite legislativo. “¿Qué etapa más crucial en el proceso legislativo que la votación en una Comisión de la que soy miembro y sobre un Proyecto del cual soy autor?”, concluyó Márquez.