Los representantes Orlando Aponte Rosario, Juan José Santiago Nieves y Domingo Torres presentaron en la tarde de hoy el Proyecto de la Cámara 1133, que proponen enmendar la Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico, a los fines de aumentar, efectivo el 1 de julio de 2022, el salario base de los trabajadores y trabajadoras sujetos a ingresos por concepto de propinas al setenta y cinco (75%) del salario mínimo estatal vigente.

 

La medida 1133, además propone equiparar, a partir del 1 de julio de 2023, el salario mínimo estatal de los trabajadores y trabajadoras sujetos a ingresos por concepto de propinas con el salario mínimo estatal vigente. “Sin duda, la aprobación de la Ley Núm. 47-2021, Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico, fue un reconocimiento legislativo a la necesidad inaplazable de garantizar el acceso a un salario digno a millas de empleados que, desde hace poco más de 11 años, subsistían con la cuantía mínima de siete dólares y veinticinco centavos ($7.25) de salario por hora trabajada. No obstante, la promulgación de nuevas guías salariales para la industria de servicios escapó de la consideración legislativa. Ante esa realidad,

 

“El concepto de las propinas es uno donde el trabajador está a expensas de lo que el consumidor interese aportar, de manera que todos estamos de acuerdo en que el pago de $2.13 por hora es terriblemente discriminatorio y abusivo. En 1966, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos promulgó el concepto de crédito por propina, que permitía justificar el pago de un salario base menor que tomara en cuenta que la porción restante para alcanzar la cifra del salario mínimo federal sería compensado a través de las propinas de los clientes”, dijo Santiago Nieves.

 

El Proyecto 1133 señala que hace poco más de 26 años, el gobierno federal estableció en dos dólares con trece centavos ($2.13), la cuantía del salario base de los empleados de industrias de servicios que reciben propinas. A pesar de que resulta inimaginable una subsistencia con esa cuantía, al presente, continúa la cifra vigente de dos dólares con trece centavos ($2.13) como salario base para los trabajadores y las trabajadoras de las industrias de servicios que reciben propinas. Incuestionablemente, lo anterior incide en el hecho de que, en Estados Unidos, los trabajadores de restaurantes con empleo remunerado con propinas viven en la pobreza a un ritmo más del doble que el resto de la fuerza laboral, con estadísticas que los sitúan en un diecinueve , punto dos por ciento (19,2 %) en comparación a un siete, punto nueve por ciento (7,9 %).

 

“Veamos lo siguiente: en la práctica, y aunque la ley federal exige que los patronos compensen la diferencia cuando las propinas no son suficientes para alcanzar el salario mínimo, se ha mantenido como repetidamente denuncia el incumplimiento recurrente de los patronos con tal disposición legal” , argumentó Aponte Rosario. “Por ejemplo, se destaca que una revisión llevada a cabo por el Departamento del Trabajo federal entre los años 2010-2012, encontró que el ochenta y cuatro por ciento (84%) de los restaurantes visitados, que sumaron nueve mil (9,000) establecimientos , había cometido violaciones de salario y horas relacionadas al pago de propinas”.

 

Por su parte, Torres dijo que a nivel local, el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) no cuenta con protocolos ni publicaciones relacionadas a investigaciones similares que permitan auscultar la prevalencia de tal práctica en nuestra jurisdicción, “es prevalente el estado de vulnerabilidad e indefensión de estos trabajadores para poder solicitar a sus patronos que les completen el salario mínimo cuando no hicieron la cantidad de propinas necesarias para suplementarlo”.

 

Según estadísticas federales, las mujeres representan casi el setenta por ciento (70%) de la fuerza laboral que sobrevive con salarios suplementados por propinas. A pesar de ello, las mujeres en el servicio de restaurantes ganan, aproximadamente, veintiún por ciento (21%) menos que sus homólogos masculinos. “En el reconocimiento del legado de inequidad que reviste la distinción salarial hacia los trabajadores de las industrias que reciben propinas, entendemos necesario y apremiante unificar la compensación mínima a la fuerza laboral del País, aumentando el salario base de los empleados de la industria de servicios exceptuados del salario mínimo establecido en la Ley Núm. 47-2021, Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico, y cuyo salario actualmente se calcula a base de decretos mandatorios”, agregó Santiago Nieves.