SAN JUAN – El pasado 30 de noviembre concluyó la fecha límite para presentar la petición de exención del pago del bono anual en la empresa privada, comúnmente conocido como el bono de Navidad, de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada.

 

Tras recibir 383 solicitudes, el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) informó que 333 de estas fueron aprobadas con exención total. De otro lado, la agencia indicó que aceptó 37 solicitudes para pago de bono que no exceda el 15 por ciento de la ganancia neta. Otras 13 solicitudes fueron denegadas. Cabe destacar que los patronos que peticionaron ser eximidos de pagar el bono anual debieron sufrir pérdidas económicas o ganancias que resultaron insuficientes para cubrir la totalidad del incentivo, evidenciado por un estado de situación y de ganancias y pérdidas que haya sido auditado, firmado y sellado en original por un contador público autorizado con licencia vigente, así como un estado financiero interino que cubra el periodo hasta el 30 de septiembre de 2022. Las exenciones totales o parciales del pago del bono implican que el patrono cumplió con el término y la forma de entregar la solicitud. El DTRH continuará la evaluación detallada de la solicitud e información presentada y, de encontrarse alguna incongruencia, el patrono se expone al pago del bono y las penalidades dispuestas en la ley.

 

“Al igual que ocurrió en el 2021, este año vemos un número de solicitudes dramáticamente bajo en comparación con años anteriores, lo cual puede ser interpretado como un reflejo, adicional a los indicadores económicos que se publican de tiempo en tiempo, de que la economía continúa en terreno positivo. En el DTRH publicamos anualmente la lista de patronos a los cuales se les ha concedido o denegado la exención del pago de dicha compensación. Esto tiene como propósito que los trabajadores conozcan de antemano que su patrono presentó una solicitud de exención completa y durante el término dispuesto para ello, por lo cual no van a estar recibiendo el bono a menos que el DTRH posteriormente encuentre que la petición del patrono no está justificada conforme a la evidencia presentada. También, es un método de fiscalización ya que aquellos empleados con derecho a recibir el bono tras haber acumulado el mínimo de horas trabajadas que requiere la ley y que trabajen para patronos que no estén en el documento, deben ser remunerados en o antes del 15 de diciembre. De esta manera, cualquier empleado elegible que se vea impactado puede acudir al Negociado de Normas del Trabajo del DTRH o al tribunal para reclamar sus derechos”, aseguró el secretario de la agencia, Gabriel Maldonado-González.

Presiona el enlace para descargar el documento y conocer los patronos que no pagarán bono de navidad a sus empleados.