EL CAPITOLIO – La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico dio paso hoy al Proyecto de la Cámara 320 para prohibir que contratistas gubernamentales donen a partidos políticos o candidatos. El proyecto, de la autoría de los representantes José Bernardo Márquez (MVC), Mariana Nogales Molinelli (MVC) y Orlando Aponte (PPD), había sido avalado en vistas públicas por las Oficinas del Contralor Electoral, la Oficina de Ética Gubernamental y la Contralora de Puerto Rico, cuyas recomendaciones de enmiendas fueron incorporadas en la versión de la medida aprobada hoy.
“La Cámara de Representantes dio un paso importante hoy contra el inversionismo y el amiguismo político. Estos donativos crean un círculo vicioso de donantes que reciben contratos y, a su vez, contratistas que emiten donativos. Ya era hora de detener esa práctica, como ha ocurrido en otras jurisdicciones de Estados Unidos, cuyas prohibiciones legales se han validado en términos constitucionales”, sostuvo el representante José Bernardo Márquez.
El proyecto fue aprobado con votos 10 a favor de las delegaciones del Movimiento Victoria Ciudadana, Partido Popular Democrático y el Partido Independentista Puertorriqueño, en lo que se conoce como Sesión Pública de Consideración Final o “Mark Up Session”, por lo que todavía falta que baje a consideración de la totalidad del cuerpo cameral en sesión ordinaria. Las delegaciones del Partido Nuevo Progresista y el Proyecto Dignidad estuvieron ausentes de la votación en comisión, por lo que aun se desconoce su posición sobre el proyecto.
De continuar un trámite exitoso en la Asamblea Legislativa y ser firmada por el gobernador, la ley prohibirá a cualquier persona en negociación o proceso dirigido a obtener un contrato con el Gobierno de Puerto Rico hacer donaciones directa o indirectamente a un partido político, candidato, comité de campaña o comité autorizado. La prohibición aplicaría desde el inicio del proceso de negociación, se extendería durante la vigencia del contrato y continuaría hasta un año luego del cumplimiento del contrato.