WASHINGTON- La comisionada residente, Jenniffer González Colón, se reunió esta semana con el presidente del Comité de Medios y Arbitrios, Jason Smith (MO-08), para discutir legislación radicada por la comisionada residente que se encuentra bajo la jurisdicción de dicho comité.
González Colón dividió nueve de sus medidas en tres categorías: aquellas para corregir la interpretación del Servicio de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en inglés) sobre la inaplicabilidad de créditos contributivos federales porque Puerto Rico se considera una “posesión” y no un “territorio” americano; aquellas para impulsar el desarrollo económico mediante el empoderamiento del capital privado; y aquellas para impulsar el desarrollo económico a través de programas sociales.
Para corregir la consideración de Puerto Rico como una posesión y no como un territorio ante el IRS, la congresista presentó:
El H.R. 462: Ley de Equidad en el Intercambio de Bienes Raíces, que enmendaría el Código de Rentas Internas de 1986 en la Sección 1031, para que los territorios—Puerto Rico, Islas Vírgenes, Guam, Samoa Americana y las Islas Marianas del Norte—sean considerados dentro de la definición de los Estados Unidos, a efectos de determinar si la propiedad cualifica para el trato como intercambio del mismo tipo. Un intercambio del mismo tipo ocurre cuando la ganancia de la venta de bienes inmuebles mantenidos para su uso en un comercio o negocio o para la inversión de una propiedad similar es invertida en la compra de bienes muebles de uso similar; en estos casos, la ganancia de la venta está exenta de tributación como ganancia de capital.
Esta corrección alentará a los inversionistas a considerar invertir sus ganancias de la venta de propiedades en los Estados Unidos en bienes raíces ubicados en los territorios. Esto será de gran ayuda para estimular los mercados inmobiliarios ahora estancados y generar actividad económica en áreas recientemente afectadas por desastres.
El H.R.377 — Ley de Exención de Impuestos Especiales para Seguros de Puerto Rico-busca eximir a los consumidores de Puerto Rico del Impuesto Federal al Consumo (FET) que se le impone a las pólizas de seguro emitidas por aseguradores extranjeros, o de posesiones de los Estados Unidos, incluyendo a Puerto Rico. Actualmente, las pólizas de seguros emitidas por aseguradoras domiciliadas en Puerto Rico están sujetas al FET, a pesar de estar reguladas de manera legal y financiera a nivel federal.
Esto pone en desventaja a aseguradoras locales, no solo en comparación con las aseguradoras o reaseguradores domiciliados en los estados, sino también en comparación con los aseguradores o reaseguradores domiciliados en naciones soberanas que, a diferencia de Puerto Rico, pueden celebrar tratados fiscales con los Estados Unidos. Eximir a Puerto Rico del FET podría convertirse en una herramienta invaluable para revitalizar la plataforma de servicios financieros y profesionales de la isla.
El H.R. 376 — Ley de Producción de Cine, Televisión y Teatro de Puerto Rico, extendería las disposiciones de la deducción inmediata de los gastos incurridos en producciones de cine, televisión y teatro Este tratamiento contributivo no está disponible en estos momentos para producciones hechas en Puerto Rico porque el IRS no considera a Puerto Rico parte de los Estados Unidos para propósitos de esta ley.
Las medidas enfocadas en el desarrollo económico incluyen: La derogación de la limitación a la cobertura de impuestos sobre espíritus destilados a Puerto Rico y las Islas Vírgenes, lo que se conoce como el “Rum Cover Over”.
Los impuestos indirectos federales recaudados sobre el ron, producido en Puerto Rico y transportado a los estados se le transfieren al Departamento de Hacienda de Puerto Rico, y los impuestos indirectos federales recaudados sobre el ron producido en las Islas Vírgenes y transportado a los estados, son transferidos al Tesoro de las Islas Vírgenes.
El objetivo principal del este programa es ayudar a estos territorios a proveer servicios públicos esenciales. La medida permite que el monto total de estos impuestos sea transferidos de manera permanente a Puerto Rico y las Islas Vírgenes sea permanente, en lugar de lo que ocurre ahora que una porción está permanente asignada a estos territorios y otra parte requiere de legislación periódica para autorizar su transferencia.
El proyecto de ley también requiere que ciertas cantidades del impuesto al consumo pagado al Departamento de Hacienda de Puerto Rico se transfieran al Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico que busca proteger y mejorar el medio ambiente.
El H.R. 378— Designar todo Puerto Rico como Zona de Oportunidad -la Ley de Empleos y Reducción de Impuestos del 2017 designó ciertas “Zonas de Oportunidad” para promover la inversión local, nacional e internacional, crear empleos y generar desarrollo económico en comunidades desfavorecidas.
Esta ley, establecida en los meses subsiguientes a los Huracanes Irma y María, permitió que todas las comunidades de bajos ingresos en Puerto Rico fueran automáticamente designadas como Zonas de Oportunidad, para un total del 98% del territorio. Sin embargo, ciertas áreas que son las principales candidatas para el desarrollo económico quedaron fuera de la designación de zona de oportunidad porque el último censo no le atribuyó población alguna tales como las áreas donde se ubicaban bases militares ahora cerradas. Este proyecto de ley busca que el 100% de Puerto Rico sea designado como Zona de Oportunidad.
El H.R. 447 — Ley MMEDS, busca rescatar la actividad de manufactura médica nacional al incentivar la reubicación de estas fábricas a zonas económicamente afligidas de los Estados Unidos y sus posesiones, a cambio de generar empleos bien remunerados e inversión local. Esto también fortalecería la cadena de suministros nacional.
Los proyectos de desarrollo económico a través de programas sociales incluyen:
Lograr la equidad en el tratamiento de beneficiarios de Medicaid duales, o sea los que son elegibles a Medicaid y a Medicare. En ningún lugar en los Estados Unidos son los planes Medicare Advantage más populares que en Puerto Rico, donde están inscritos el 80 % de los beneficiarios de Medicare, casi 630,000 personas lo que equivale a aproximadamente el 20% de la población de la isla.
El programa Medicare Advantage está significativamente subfinanciado en Puerto Rico, lo que crea un efecto descendente que ha impactado negativamente a pacientes, médicos y hospitales. Las primas bajas que se le pagan a los planes de MA han impedido reembolsos adecuados a los proveedores, lo que ha provocado un éxodo masivo de estos a estados de la nación y una erosión general de la infraestructura de atención médica de Puerto Rico.
El objetivo de la medida es garantizar que las primas que se le pagan a los planes de MA en Puerto Rico reflejen con mayor precisión el costo de brindar atención, que se logra mediante el establecimiento de un ajuste geográfico mínimo nacional de 0.7. La medida también obliga a que los planes utilicen no menos del 50 % del aumento de los fondos para mejorar la compensación de sus proveedores mientras que la proporción restante se utilice para mejorar beneficios suplementarios y reducir copagos.
El proyecto de ley también hace obligatorio en los territorios el Programa de Ahorros de Medicare (MSP), bajo el cual Medicaid paga parte o la totalidad del costo de las primas de la Parte B de Medicare para los beneficiarios duales. La ausencia de este subsidio ha resultado en que Puerto Rico tenga la tasa de participación más baja de la Parte B de Medicare en la Nación. El proyecto de ley acaba con la opción discrecional, asegurando que Puerto Rico implemente el Programa de Ahorros de Medicare.
El H.R.256 — Ley de Igualdad de Ingresos de Seguridad Suplementaria– buscaría que el Seguro Social Suplementario o SSI por sus siglas en inglés, se extienda a los territorios de Puerto Rico, Guam, Samoa Americana y las Islas Vírgenes así corregir una discriminación sin sentido contra los más vulnerables de nuestra sociedad que se basa únicamente en el código postal de su residencia.
Bajo el SSI, el gobierno federal brinda asistencia económica directa a personas de bajos ingresos mayores de 65 años y personas con discapacidades. El programa paga un beneficio máximo de $750 al mes si es soltero o $1,125 al mes para una pareja. El beneficiario promedio de SSI recibe $553 al mes y el beneficiario promedio menor de 18 años recibe aproximadamente $662 al mes.
Por último, está el H.R.257 — Ley de Equidad de Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo para Puerto Rico 2023- El crédito por ingreso del trabajo (EITC, por sus siglas en inglés) es un crédito tributario federal para trabajadores de ingresos bajos y moderados, que brinda un apoyo sustancial a los padres que trabajan. El crédito está diseñado para fomentar y recompensar el trabajo; en 2016, sacó de la pobreza a unos 5.8 millones de personas, incluidos unos 3 millones de niños.
Al rendir sus planillas federales, las familias trabajadoras con hijos que tienen ingresos anuales por debajo de $40,320 a $54,884 (según el estado civil y la cantidad de hijos dependientes) pueden ser elegibles para el EITC federal. El crédito máximo para familias con un hijo es de $3461, mientras que el crédito máximo para familias con tres o más hijos es de $6431.
Actualmente, el EITC federal no está disponible para los ciudadanos americanos que viven en Puerto Rico, ni siquiera para los miembros de las fuerzas armadas, los empleados federales u otros que pagan impuestos federales. Bajo la ley actual, el gobierno federal subsidia un programa EITC local, que no llega al EITC federal. El monto del subsidio se limitó a $600 millones, en base al supuesto de que sería suficiente para pagar 2/3 del programa local. Sin embargo, la experiencia ha demostrado que el subsidio solo cubre alrededor de la mitad de los fondos necesarios para el programa. El proyecto de ley eliminaría el subsidio federal y haría aplicable el EITC federal en Puerto Rico.