SAN JUAN – El secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Gabriel Maldonado-González, hizo un llamado a los patronos del sector privado para que inicien los preparativos para el pago del bono de Navidad. Además, recordó que aquellos patronos que deseen ser eximidos de pagar el bono de Navidad correspondiente al año 2023, tienen hasta el jueves, 30 de noviembre para someter la petición en cualquiera de las oficinas del Negociado de Normas del Trabajo del DTRH, ya sea presencialmente o vía correo postal.

“En este mercado laboral sumamente competitivo, exhortamos a los patronos del sector privado a que, en la medida en que sus finanzas lo permitan, ofrezcan los mejores beneficios posibles a su empleomanía a los fines de poder contar con la mano de obra necesaria. Ahora bien, la Ley Núm. 148 del 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como Ley del Bono en la Empresa Privada, provee a los patronos privados la opción de solicitar una dispensa del pago del bono de Navidad y es fundamental que, en tal situación, se planifiquen con antelación y presenten la documentación requerida antes de la fecha límite. De esta forma, nuestro personal podrá hacer una evaluación exhaustiva y determinar si en efecto procede la petición. Es primordial que mantengan la comunicación con sus empleados para que tengan conocimiento de la solicitud, ya que podría afectarles si se determina que la empresa sufrió pérdidas económicas o tuvo ganancias que resultan insuficientes para cubrir el total del bono sin exceder del límite de 15 por ciento de las ganancias netas anuales”, dijo el titular.

A través del enlace https://trabajo.pr.gov/bono_empresa_privada.asp los patronos podrán obtener detalles sobre cómo someter la petición y acceder el formulario a entregar junto a los documentos originales requeridos. Si la solicitud es enviada por correo es importante que el matasellos tenga fecha del 30 de noviembre o antes. De lo contrario, no se considerará la solicitud por estar fuera de término. En el caso de la entrega presencial, el ponche de nuestra agencia con la hora y fecha de recibido será la evidencia a considerar para validar la entrega a tiempo.

Requisitos para la solicitud

Como parte de los requerimientos está la hoja de entrega de la solicitud de exención que debe ser completada en letra legible. También, tiene que someter el estado de situación, ganancias y pérdidas compilado, revisado o auditado, firmado y sellado en original (estampilla del Colegio de CPA) por un contador público autorizado con licencia vigente que haya sido emitida por la Junta de Contabilidad de Puerto Rico y que evidencie dicha situación económica. El estado de situación debe corresponder al periodo que comprende desde el 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023.

En aquellos casos en los cuales el año económico del patrono no concluya el 30 de septiembre de 2023, pueden proveer el que corresponda al año económico del negocio. De igual forma, este estado de situación, ganancias y pérdidas tiene que ser auditado, firmado y sellado en original (estampilla del Colegio de CPA) por un contador público autorizado (CPA) con licencia en vigor emitida por la Junta de Contabilidad de Puerto Rico. Además, en estas instancias el patrono tendrá que incluir estados financieros interinos (intermedios) que cubran su actividad económica hasta el 30 de septiembre de 2023. Estos últimos estados no requieren la intervención de un CPA.

Cabe destacar que, según establece la Ley del Bono en la Empresa Privada (Ley Núm. 148 del 30 de junio de 1969, según enmendada) la entrega de esta bonificación debe realizarse entre el 15 de noviembre y el 15 de diciembre del año en curso.